CUIDADOS DE SU MASCOTA EN SITUACIÓN COVID 19: Si tiene mascota, procure desinfectar las patas de la misma al ingresar a su inmueble y siga las recomendaciones establecidas y practicas de limpieza.
CÓMO LAVARSE LAS MANOS: La medida más efectiva para prevenir el COVID19 es lavarse las manos correctamente, con agua y jabón. Hacerlo frecuentemente reduce hasta en 50% el riesgo de contraer coronavirus. Sigue estas recomendaciones
RECOMENDACIONES AL SALIR DE CASA: SIgue estas recomendaciones del Ministerio de Salud, para salir de tu casa.
CÓMO Y CUÁNDO USAR TAPABOCAS: Sigue estas recomendaciones para el uso de tapabocas.
PASOS PARA DESINFECTAR Y LIMPIAR TU CASA CUANDO REGRESAS: Te dejamos algunas recomendaciones de como desinfectarse al llegar a casa.
"LAS ADMINISTRACIONES DE LOS EDIFICIOS Y CONJUNTOS RESIDENCIALES NO TIENEN COMPETENCIA NI AUTORIZACIÓN PARA PROHIBIR MUDANZAS. ASÍ QUE SI CUMPLES CON LOS REQUISITOS, PUEDES MUDARTE",
¿Cuáles son las excepciones para poder hacer trasteos?
1. Por casos de fuerza mayor o caso fortuito, una situación imprevista.
2. Si compraste una vivienda y necesitas mudarte a tu nueva propiedad por entrega de casa o apartamento.
3. Cuando debas mudarte a vivir con tus seres queridos para poder cuidarlos o ser cuidado.
4. En casos donde no existan otras alternativas que garanticen la vivienda digna, por ejemplo por inundaciones o humedad.
5. Si finaliza el contrato de arrendamiento de domicilios o locales comerciales.
6. Cuando la actividad de los locales comerciales se suspendió y hay pérdidas para los comerciantes.
7. Si llegaste a un acuerdo con el arrendador para entregar anticipadamente el inmueble que tienes arrendado.
Documentos para justificar el trasteo
a) El nuevo contrato de arrendamiento.
b) El contrato finalizado.
c) La escritura del nuevo inmueble, el contrato de compraventa, o la promesa de compraventa.
d) Una declaración a la autoridad que lo solicite, indicando bajo la gravedad del juramento, que se encuentra en una circunstancia de fuerza mayor o caso fortuito.
Para los interesados y empresas prestadoras del servicio del transporte de carga:
1. Los interesados podrán realizar mudanzas a través de empresas legalmente habilitadas para prestar el servicio de transporte carga.
2. La mudanza solo podrá realizarse con estricto cumplimiento, por parte del interesado y de la empresa prestadora del servicio, de los protocolos de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del coronavirus establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, cuyo cumplimiento es objeto de verificación en cualquier momento por la autoridad territorial correspondiente. Deberá realizar una limpieza y desinfección al finalizar la actividad del trasteo.
3. En todo caso, cuando se trate de la prestación del servicio público de transporte de carga estará sujeto a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia de Transporte.
4. Entre las medidas generales está que al interior del vehículo se debe tener una distancia entre personas de por lo menos un metro. En esa misma línea, se debe garantizar que todos los trabajadores apliquen las medidas básicas de autocuidado, como el uso adecuado de elementos de protección personal, el lavado constante de manos y mantener el distanciamiento físico.
Conoce más de la Circular Conjunta 5 del 10 de mayo de 2020 en: https://www.mintransporte.gov.co/documentos/11/circulares/
LINEAS TELEFONICAS ATENCION EPS (pdf)
DescargarLINEAS TELEFONICAS SECRETARIA SALUD (pdf)
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DescargarMEDIDAS PREVENTIVAS DE MITIGACIÓN EN PROPIEDAD HORIZONTAL (pdf)
DescargarLINEAMIENTOS PARA MANEJO DEL AISLAMIENTO DOMICILIARIO (pdf)
DescargarLINEAMIENTOS PARA USO DE TAPABOCAS (pdf)
DescargarORIENTACIONES LIMPIEZA DEL HOGAR (pdf)
DescargarORIENTACIONES PREVENCION ACCIDENTES EN EL HOGAR (pdf)
DescargarGESTION DE RESIDUOS EN TIEMPO DE COVID19 (pdf)
DescargarTIPS DECRETO 593 DE 2020(1) (pdf)
DescargarResolución No. 666 de 2020 (pdf)
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